Calculadora de finiquito
Calcula tu finiquito: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extra, con la indemnización si te corresponde.
Verificado 21 de octubre de 2026Parámetros vigentes desde 1 de enero de 2026SMI 2026: RD 126/2026 (1.221 €/mes en 14 pagas, BOE-A-2026-3815) · ET arts. 31, 38 y 49 (BOE-A-2015-11430: 30 días naturales de vacaciones) · salario/30 por día: convención de nómina
Finiquito bruto
3074,46 €
- Salario pendiente: 15 días × 66,67 €
- +1000,00 €
- Vacaciones: 13,67 días pendientes
- +911,42 €
- 23,67 devengados (288 días trabajados este año) − 10 disfrutados
- Paga de Navidad: 107 de 184 días
- +1163,04 €
- Devengo del 01/07/2026 al 31/12/2026
- Finiquito bruto
- 3074,46 €
- * Importes brutos: del salario, las vacaciones y las pagas extra se descuentan cotizaciones e IRPF; la indemnización legal está exenta de IRPF hasta su cuantía obligatoria.
- * Salario diario = salario mensual / 30. Vacaciones devengadas en proporción a los días trabajados en el año natural (días al año × días trabajados / 365), valoradas al salario diario.
- * Pagas extra con devengo semestral: la de verano se genera de enero a junio y la de Navidad de julio a diciembre. Se supone que no has cobrado aún la del periodo en curso.
- * Tu convenio colectivo puede fijar otro devengo, otro número de pagas o más días de vacaciones; la empresa debe entregarte una propuesta de liquidación con el preaviso (art. 49.2 ET).
Información general; no es asesoría financiera ni de inversión.
Preguntas frecuentes
¿Qué incluye el finiquito?
Lo que la empresa te debe al terminar el contrato: el salario de los días trabajados del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas, la parte de las pagas extra que has generado y aún no has cobrado y, si te corresponde, la indemnización.
¿Me tienen que pagar las vacaciones que no he disfrutado?
Sí. Las vacaciones no se pueden cambiar por dinero mientras trabajas, pero si el contrato termina sin que las hayas disfrutado, la empresa debe pagártelas. El mínimo legal son 30 días naturales al año, que se generan en proporción al tiempo trabajado.
¿Cómo se calculan las pagas extra en el finiquito?
El Estatuto de los Trabajadores garantiza dos pagas extra al año, una en Navidad y otra en el mes que fije el convenio. En el finiquito se cobra la parte generada desde el inicio del periodo de devengo de cada paga hasta tu baja. Si las cobras prorrateadas cada mes, no queda nada pendiente.
¿El finiquito y la indemnización son lo mismo?
No. El finiquito se cobra siempre que termina la relación laboral, también si te vas tú. La indemnización solo corresponde en algunos casos, como el despido improcedente u objetivo o el fin de un contrato temporal.
¿Tengo que firmar el finiquito?
La empresa debe entregarte una propuesta de liquidación junto con el preaviso de extinción. Puedes pedir que esté presente un representante de los trabajadores cuando firmes el recibo del finiquito.